Sin decenal no hay escritura
El notario y el registro exigen acreditarla para inscribir la obra nueva de vivienda. Sin ella no se entrega, no se escritura y no se cobra.

Una obra es un riesgo que cambia cada semana y en el que conviven promotor, contratista y subcontratas. La cobertura acompaña el calendario entero: obra en curso, pruebas, recepción y los diez años que vienen después.
El seguro de todo riesgo construcción (TRC) cubre los daños a la obra en ejecución y la responsabilidad frente a terceros durante el periodo de obra. El seguro decenal es distinto y obligatorio en edificación residencial: garantiza durante diez años los daños estructurales que afecten a la estabilidad del edificio, y exige el control de un organismo de control técnico desde el proyecto. Ambos se complementan y cubren fases distintas de la vida de la obra.
El notario y el registro exigen acreditarla para inscribir la obra nueva de vivienda. Sin ella no se entrega, no se escritura y no se cobra.
Las garantías de licitación y ejecución son condición de admisión en concurso. Tenerlas resueltas y ágiles decide a cuántas adjudicaciones puedes presentarte.
Un colapso parcial o un temporal se resuelven con financiación de la reconstrucción en semanas, sin consumir la tesorería que sostiene el resto de tus obras.
Con todos los intervinientes designados como asegurados, el daño se resuelve dentro de la póliza en lugar de acabar en repetición cruzada entre empresas que deben seguir trabajando juntas.
Promotores obligados a decenal y a garantía de cantidades a cuenta, con responsabilidad frente a compradores durante una década.
Empresas que responden de la obra ejecutada, de la subcontratación y de los daños a colindantes.
Proyectos de instalación con pruebas y puesta en marcha, donde el riesgo se concentra en la fase de testing.
Adjudicatarias de licitación pública con exigencias de garantía y responsabilidad prolongada.
La experiencia de nuestros especialistas convierte cada riesgo en conocimiento, y cada conocimiento en una solución pensada para vuestra empresa.
Cada empresa presenta una realidad única. Analizamos los riesgos específicos de cada empresa para detectar vulnerabilidades, evaluar las medidas de seguridad y proponer mejoras que refuercen la protección de su negocio.
Todos nuestros programas están diseñados para integrar todas las coberturas necesarias y aportar tranquilidad a las empresas que confían en nosotros.
Seleccionamos cuidadosamente las compañías y diseñamos programas de seguro exclusivos, adaptados a las particularidades de cada empresa, con un enfoque plenamente tailor-made.
Los siniestros son el momento más vulnerable de un negocio. Por eso es muy importante contar con personas especializadas que acompañen durante todo el trámite.
Seis generaciones y más de 130 años dedicados al seguro.
En edificación de vivienda, conforme a la Ley de Ordenación de la Edificación. Es requisito para inscribir la obra nueva y para escriturar. En obra no residencial no es obligatorio, aunque muchos financiadores y compradores lo exigen igualmente.
Garantiza a los compradores la devolución de las cantidades entregadas antes de la entrega de la vivienda, más intereses, si la obra no se termina o no se entrega en plazo. Es obligatoria desde la primera entrega y su ausencia acarrea responsabilidad directa del promotor.
Puede contratarla cualquiera de los dos, pero lo determinante es que todos los intervinientes figuren como asegurados. Recomendamos que la contrate el promotor y designe asegurados a constructora y subcontratas, porque así se evita el conflicto por repetición dentro de la propia obra.
Son las cláusulas de mercado que definen hasta dónde llega la cobertura de defecto. LEG1 excluye todo lo defectuoso, LEG2 cubre el daño resultante excluyendo la parte defectuosa, y LEG3 es la más amplia. La diferencia entre una y otra puede ser de millones en un siniestro estructural.
Los fenómenos ordinarios sí, dentro de la TRC. Los extraordinarios corresponden al Consorcio. En obras con excavación profunda o cauces próximos negociamos sublímites específicos, porque es el escenario que más siniestros totales produce.
Diez años para daños estructurales, tres para daños de habitabilidad y uno para acabados, según la LOE. La decenal cubre el primer tramo; para los otros dos conviene mantener RC posterior a los trabajos.
La obra no es un periodo homogéneo. Pruebas, recepción, mantenimiento y garantía decenal responden a lógicas distintas y a pólizas distintas.
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