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En un despacho el activo es el criterio con que se resuelve un encargo y el expediente que se custodia en nombre de otro. Se asegura una decisión técnica que sigue viva años después de firmarla, cuando el asunto continúa y quien la tomó puede haberse jubilado o haber cambiado de firma.

Por dónde entra el siniestro

Error profesional, plazo perdido y confidencialidad del expediente

Lo que decide el expediente

El seguro colegial marca el suelo de la cobertura de un despacho

La responsabilidad civil profesional es obligatoria en buena parte de las profesiones colegiadas, y la póliza colectiva del colegio la resuelve con un límite pensado para el ejercicio individual. Cuando el despacho se organiza como sociedad profesional, asesora operaciones de cierto tamaño o aplica un mismo criterio a toda su cartera, ese suelo se queda por debajo de la exposición y hay que construir el exceso encima.

  1. La sociedad profesional tiene su propio deber de asegurar

    El seguro colegial ampara al colegiado, mientras que la Ley 2/2007 obliga además a la sociedad profesional a cubrir la responsabilidad que contrae ella misma. Si la reclamación se dirige a la sociedad y solo existe póliza individual, el expediente empieza discutiendo quién es el asegurado.

  2. El siniestro serial y el límite por anualidad

    Un mismo criterio aplicado a varios clientes genera reclamaciones distintas con un solo origen, y la cláusula de unidad de siniestro decide si consumen un límite o varios. Conviene mirar si el límite opera por siniestro o por periodo de seguro, porque de esa lectura depende la capacidad que queda disponible para el segundo expediente.

  3. Periodo de descubrimiento al ceder o cerrar el despacho

    Cuando un despacho cesa o se integra en otro, la póliza deja de renovarse mientras los encargos ya cerrados siguen su curso. El periodo de descubrimiento mantiene abierta la notificación durante los años que se pacten, y el run-off cubre a la firma absorbida durante ese mismo plazo. Ambos se dejan cerrados dentro de la propia operación, junto con la fecha de retroactividad, que viaja con el despacho cuando cambia de compañía.

  4. Secreto profesional y frontera con la póliza de ciber

    Un despacho custodia documentación ajena, de modo que una brecha alcanza a los asuntos de sus clientes antes que a los propios. La respuesta técnica y la notificación las ordena la póliza de ciber, mientras que la reclamación del cliente por el perjuicio sufrido viaja por la responsabilidad civil profesional. Comprobar en ambos condicionados cómo se articula esa concurrencia es lo que permite responder al cliente y a la autoridad de control con un solo criterio.

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan en despachos profesionales

¿Es suficiente el seguro de responsabilidad civil del colegio?

Cubre el ejercicio del colegiado con un límite común para todos, calculado sobre el encargo medio de la profesión. Cuando el despacho actúa como sociedad profesional, asesora operaciones de cierto volumen o trabaja de forma habitual para empresa, ese límite se agota con un solo expediente y conviene añadir un exceso o una póliza propia por encima del colectivo.

¿Qué pasa con los asuntos antiguos si cambio de asegurador o cierro el despacho?

La responsabilidad civil profesional funciona en base reclamación, de modo que responde la póliza vigente el día en que llega la reclamación, con independencia de cuándo se emitió el dictamen. Mientras el despacho siga renovando, el encargo antiguo lo atiende la póliza en curso y el socio ya jubilado conserva su condición de asegurado por el trabajo que firmó. La operación de cese o de integración es donde se cierran el periodo de descubrimiento, el run-off y la fecha de retroactividad que viaja con la firma.

¿Cubre la póliza la pérdida de un plazo procesal?

Sí. El plazo perdido es un supuesto característico de negligencia profesional y entra en la garantía siempre que la reclamación se presente durante la vigencia y el hecho sea posterior a la retroactividad. La cuantía se fija por la doctrina de la pérdida de oportunidad: el tribunal valora qué probabilidad tenía de prosperar el asunto que quedó sin defender y concede una proporción del importe reclamado conforme a esa probabilidad. En cuanto a la defensa, el artículo 74 de la Ley de Contrato de Seguro pone los gastos a cargo del asegurador salvo pacto en contrario, así que la comprobación al comparar condicionados es si el contrato se ha apartado de esa regla y los hace consumir límite, que es la redacción habitual en las pólizas de origen anglosajón.

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