Riesgo de empresa
Daño consecuencial
Pérdida económica derivada de un daño material, como la interrupción de la actividad o el lucro cesante.
En la práctica
Requiere garantía específica: la póliza de daños por sí sola no la cubre. En la mayoría de los siniestros industriales graves, es la partida que supera al daño físico.
Dónde se trata
Este término se desarrolla en Riesgos patrimoniales y se aplica al contratar Daños Materiales.