El contrato
Accidente
Suceso de causa violenta, súbita, externa y ajena a la voluntad del asegurado que produce un daño corporal o material.
En la práctica
Las cuatro notas se exigen a la vez, y es la que falta la que decide el expediente: una lesión por esfuerzo repetido rara vez es súbita, y un daño previsible rara vez es ajeno a la voluntad.
Dónde se trata
Este término se desarrolla en Personas y plantilla y se aplica al contratar Accidentes.