El contrato
Dolo
Actuación intencionada dirigida a causar el daño o a engañar al asegurador. Queda siempre fuera de cobertura.
En la práctica
No es asegurable por definición, pero la frontera con la culpa grave es fina y la carga de probarlo corresponde al asegurador. En D&O, los gastos de defensa suelen adelantarse hasta que una sentencia firme declare el dolo, y solo entonces se reclaman de vuelta.
Dónde se trata
Este término se desarrolla en Gobierno corporativo.